Uno de los aspectos más importantes de la mediación en Ecuador es el valor jurídico de las actas de mediación. Muchas personas se preguntan: ¿Un acuerdo de mediación tiene la misma fuerza que una sentencia judicial? La respuesta es SÍ, pero con ciertas condiciones.
El acta de mediación es el documento final que recoge los acuerdos alcanzados entre las partes durante el proceso de mediación. Este documento es firmado por los involucrados y el mediador, y adquiere fuerza vinculante, es decir, obliga a su cumplimiento como si fuera una sentencia.
Para que un acta de mediación tenga valor ejecutivo (es decir, que pueda exigirse su cumplimiento como una sentencia), debe cumplir con lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación (Art. 23) y el Código Orgánico General de Procesos (COGEP, Art. 704).
Según la ley ecuatoriana, los acuerdos de mediación tienen fuerza ejecutoria en los siguientes casos:
? Mediación extrajudicial (cuando las partes acuden voluntariamente a un centro de mediación):
? Mediación prejudicial (cuando un juez deriva el caso a mediación antes del juicio):
? Mediación en materia penal (justicia restaurativa en delitos menores):
Si una de las partes incumple lo pactado en el acta de mediación, la otra puede: